* Al igual que en todo el pais
* Magistrados y jueces permiten el despojo de viviendas
Estado de México.- Jueces y magistrados del fuero federal permiten el despojo de viviendas en los estados de México, Jalisco, Nuevo León, Baja California, Sinaloa, principalmente en la entidad mexiquense, violando los criterios del Poder Judicial de la Federación, utilizando una jurisprudencia del 2019 de manera retroactiva, así lo denunció José Humbertús Pérez Espinoza, fundador del Frente Mexiquense en Defensa para una Vivienda Digna, A.C..
Recordó que las sociedades financieras de objeto limitado (Sofoles) otorgaron préstamos hipotecarios sobrevaluados en 50 por ciento entre 1999 y 2012 con el aval de la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF), ante lo cual existe una denuncia penal desde febrero del 2011 en la FGR, antes PGR, contra Javier Gavito Mohar y Luis Ignacio Joaquín Torcida Amero, ex directivos de la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) por fraude genérico, peculado, lavado de dinero, delito de fraccionadores inmobiliarios, entre otros.
El FMVD, explicó, acreditó el 19 de marzo de 2009, en las denuncias UEIDFF/FINM/06/173/2009 y PGR/UEIDCSPCAJ/SP/M-XII/20/2010) delitos cometidos que se plasmaron mediante contrato por las desarrolladoras de vivienda tales como Promotora de Viviendas Integrales y de Desarrolladoras, Urbi Desarrollos Urbanos, Homex, Geo, Ara y Sadasi, entre otras.
Por lo anterior, la Fiscalía General de la República (FGR), explicó, tenía que haber acordado desde 2010 la suspensión de los procesos civiles y mercantiles, porque las casas y los créditos se encuentran en un proceso penal, y no obstante que se cometieron estas conductas, ahora simulan actos jurídicos “nos demandan por la vía civil o mercantil para quitarnos nuestras viviendas”.
José Humbertus, explicó que el FMVD ya hizo de su conocimiento a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre los desalojos ilegales que están cometiendo los jueces y magistrados federales, así como también los jueces y magistrados del Poder Judicial de los Estados de la República. a partir de la jurisprudencia: REMATE JUDICIAL, LA ESCRITURA PÚBLICA DE ADJUDICACIÓN NO CONSTITUYE UN REQUISITO PREVIO PARA QUE SE PONGA AL ADJUDICATARIO EN POSESIÓN DEL BIEN INMUEBLE, la cual no se puede aplicar de manera retroactiva cuando los juicios civiles y mercantiles se iniciaron antes del julio de 2019, fecha en que se publicó en el Semanario Judicial de la Federación.
Además, Pérez Espinoza, destacó que no se cumple la figura de la venta perfecta en los casos cuando las hipotecarias “principalmente” Patrimonio, Bancomer, Santander, administradoras de cartera “que nos demandaron se adjudicaron en el remate de nuestras viviendas, (utilizando la jurisprudencia después de julio de 2019), mediante una sesión honorosa o venta de derechos litigiosos ejecutan los desalojos con terceros”.
Lo anterior, dijo, es un delito o fraude procesal, y las policías municipales son sorprendidas por el desconocimiento de la ley, como en el caso de Tecámac, en el estado de México, la Guardia Civil acompaña a realizar los desalojos ilícitos, ordenados por el Juzgado Quinto Civil del Distrito Judicial de Ecatepec de Morelos, mediante juicios mercantiles, utilizando la jurisprudencia del 2019 con lo que violan los criterios del Poder Judicial de la Federación.
Finalmente, asegura que los Jueces de Distrito y Magistrados Federales deben resolver a favor de los que adquirieron los créditos de las viviendas y darles la razón jurídica en el derecho del tanto, o sea la posibilidad jurídica que le da la ley a un copropietario para adquirir, en igualdad de circunstancias, respecto de cualquier tercero. “Este derecho tiene supremacía constitucional para que podamos liquidar los créditos hipotecarios como lo ha propuesto los dueños del dinero o dueños de las hipotecas que es SHF”, concluyó.
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